Custodia de Menores en Louisiana
La custodia es un aspecto común en el manejo de los casos de divorcio. Sin embargo, no es un tema que se refiera únicamente a las parejas casadas. Es una dificultad que también afecta a las parejas que tienen hijos pero que no se han casado. En ambos casos, las leyes que aplican son las mismas.
Antes de iniciarnos en el tema, queremos reiterar que toda la información difundida aquí sólo es útil como un resumen básico de las leyes de Louisiana. Si desea consultar con un abogado sobre los detalles de su situación, comuníquese con nosotros hoy al (504) 324-8716 para una consulta gratuita.
Mejor Interés del Menor
Cuando uno trata el tema de custodia, lo más importante para considerar es el mejor interés del menor. Es decir, la corte otorgará la custodia siempre en atención a cuál es el mejor interés del menor. Sin embargo, si los padres llegan a un arreglo sobre cuál de los dos va a tener la custodia, la corte se la otorgará según el acuerdo, a menos que el arreglo logrado por los padres no sea en el mejor interés del menor. Es decir, la corte espera que los padres que llegan a un acuerdo sobre la custodia, vean qué es más beneficioso para sus hijos menores y no lo más conveniente para ellos personalmente.
Para ayudar a los padres a formular un acuerdo adecuado para presentarlo en la corte, hemos creado en las próximas líneas un bosquejo que menciona algunos de los factores que la corte toma en consideración para decidir cuáles cosas obran en el mejor interés del menor. Algunos de estos factores, en lo que concierne a la custodia, son:
- El amor, afecto, y otros lazos emocionales entre cada padre y su hijo;
- La capacidad y disposición de cada padre para darle a su hijo amor, afecto, dirección espiritual y el poder continuar criando y educando a su hijo;
- La capacidad y disposición de cada padre para proveerle alimento, ropa, atención médica, y otras necesidades materiales a su hijo;
- Cuánto tiempo el menor ha vivido en un ambiente estable y adecuado y el deseo de mantener la continuidad de dicho ambiente;
- Salud moral de cada padre, en la medida en que afecte el bienestar del menor;
- Salud mental y física de cada padre;
- El historial escolar y comunitario del menor;
- La preferencia del menor, si la corte considera que tiene la edad suficiente para expresar alguna preferencia;
- El deseo y la habilidad de cada padre en facilitar y en fomentar una relación estrecha entre el menor y el otro padre; y
- Cuál padre ha tomado históricamente el cuidado del menor.
Arreglos de Custodia Disponibles
Antes de analizar algunos de los diferentes tipos de arreglos de custodia disponibles en el estado de Louisiana, es imperativo mencionar nuevamente que la custodia siempre se reducirá a favorecer el mejor interés del menor. Si los padres están de acuerdo sobre quién debe tener la custodia, el tribunal acogerá este acuerdo a menos que el mejor interés del menor requiera una decisión judicial diferente.
El convenio entre los padres puede incluir un acuerdo de custodia compartida entre ellos, custodia exclusiva por uno de los padres, o incluso una adjudicación de custodia a una tercera persona, situación que se plantea cuando la custodia conjunta o la exclusiva sería considerablemente perjudicial para el menor.
También vale la pena mencionar un tipo de custodia menos común llamada custodia dividida. La esencia de este tipo de custodia es que coloca a algunos niños con un padre y los hijos restantes con otro. Este tipo de custodia se otorga sólo en situaciones excepcionales, pues los tribunales son bien reacios a separar a los hermanos.
Custodia Compartida – Acuerdo Predilecto
Sin embargo, si los padres no han ideado algún acuerdo de custodia o su arreglo no es en el mejor interés del menor, el tribunal otorgará una custodia compartida, a menos que la custodia exclusiva a uno de los padres se muestre con evidencia clara y convincente (un estándar de evidencia más alto que el utilizado en la mayoría de los casos civiles) que está en el mejor interés del menor. De este modo, se puede notar una preferencia de los tribunales por la custodia compartida siempre que sea posible, ya que se ha comprobado que los niños necesitan el apoyo y la participación activa de ambos padres.
Puesto que es evidente que la custodia compartida es el acuerdo de custodia predilecto, sería prudente en esta etapa delinear en la forma más sucinta posible lo que realmente significa un decreto de custodia compartida por el tribunal. En pocas palabras, si se decreta custodia compartida, el tribunal formulará una orden para implementar dicha custodia, que establece cosas como:
- Los períodos de tiempo durante el cual cada padre tendrá la custodia física del menor, para asegurar el contacto frecuente y contínuo con ambos padres;
- La autoridad legal y la responsabilidad de cada padre; y
- Quién será el padre domiciliario, es decir, con quién el menor va a residir principalmente.
Cuando se asigna el tiempo que cada padre compartirá con su hijo, la custodia física de éste debe ser compartida por igual, en la medida en que sea factible y en el mejor interés del menor. Si no es posible, o si no es en el mejor interés del menor, el tiempo asignado debe cumplir con la norma de contacto frecuente y continuo con ambos padres.
Es bien importante señalar que el padre domiciliario, por lo general, tiene la autoridad para tomar todas las decisiones importantes concernientes a su niño (por ejemplo, decisiones médicas o relacionadas con la educación). Sin embargo, el otro padre tiene el derecho de pedirle al tribunal que revise estas decisiones. Las decisiones de menor importancia tomadas por el padre domiciliario no están sujetas a revisión judicial.
Estamos a su disposición si tuviesen alguna pregunta sobre lo que aquí se ha escrito. No vacilen en comunicarse con nosotros al 504-324-8716.